El espacio público destinado a la movilidad está compuesto por calzadas, aceras y áreas verdes comprendidas en la faja pública. Las vías son el espacio más inmediato y cotidiano en el que transitan e interactúan las personas. Su uso no es exclusivo para la circulación, si no que también están contempladas para la permanencia y el encuentro entre las personas como establece la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC) al definir el espacio público como el “destinado a circulación y esparcimiento, entre otros” (Decreto 47, 1992, art. 1.1.2)
Hacer conveniente el uso de los ciclos implica modificar la configuración física y operacional de las vías, recuperando el espacio principalmente dedicado a vehículos motorizados, tanto en sus pistas de circulación como espacios dedicados al estacionamiento.
Enfrentar proyectos de diseño vial ciclo-inclusivo requiere conocer los principales elementos que componen el espacio público vial. A continuación se describen los elementos más relevantes, la calzada, las aceras, bandejones y accesos vehiculares.
La Calzada
Según establece la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción, la calzada corresponde a la “parte de una vía destinada a la circulación de vehículos motorizados y no motorizados” (Decreto 47, 1992, art. 1.1.2). La Ley de Tránsito es coherente en establecer este elemento como parte de la vía, especificando que su uso está destinado a vehículos y animales, siendo el espacio habilitado para su circulación (DFL 1, 2007, art. 2).
La calzada generalmente -no siempre- corresponde a un área pavimentada con una cota inferior a la acera, constituida entre los bordes de solera. Sobre este espacio se demarcan las pistas de circulación, las cuales tienen la función de ordenar los flujos de vehículos atendiendo a sus diferentes características operacionales, tales como velocidad y tipo de vehículo.
Aceras, veredas y platabandas
La acera es la parte de la vía dedicada principalmente al uso de peatones y presencia de personas a pie, separada del área de circulación de vehículos (Decreto 47, 1992, art. 1.1.2) . Las aceras contienen otros dos elementos importantes, las veredas y las platabandas. Las veredas están claramente definidas en la OGUC y corresponden a “espacio continuo de la acera, pavimentado y libre de obstáculos, destinado exclusivamente al tránsito y uso de peatones” (Decreto 47, 1992, art. 1.1.2) . En las veredas se emplazan las rutas accesibles, correspondientes al espacio libre de obstáculos y apto para el desplazamiento en forma segura de todas las personas ya sea en una vereda, en el espacio público, o al interior de una edificación.
Las platabandas corresponden al “espacio no pavimentado de la acera”, espacio que cumple una serie de funciones como la contención de áreas verdes y arbolado urbano, la instalación de equipamiento, redes de servicios eléctricos y de telecomunicaciones, iluminación, señales de tránsito, mobiliario urbano, estacionamiento de ciclos, quioscos, etc. Se pueden permitir otras funciones compatibles con la función de la acera, siempre y cuando sea complementaria al uso y no interrumpan la ruta accesible de peatones (Decreto 47, 1992, art. 1.1.2).
En algunos contextos urbanos, las platabandas son utilizadas como estacionamiento de vehículos, lo que genera el deterioro del espacio público, la caminabilidad y la comodidad y seguridad de las personas en ciclos. Este uso está prohibido explícitamente en la ley de tránsito. Es labor de los gobiernos locales fiscalizar esta práctica y proteger estas áreas. En estas condiciones la seguridad y comodidad de los trayectos en ciclos y peatones se ve comprometida, por lo que para ayudar a la necesaria fiscalización, los proyectos de ciclo-infraestructura pueden integrar la protección de estos espacios y generar beneficios tanto al espacio público como a la experiencia peatonal.
El diseño de la ciclo-infraestructura puede integrar formas para proteger estos espacios y generar beneficios.